Resumen del Artículo Disposición final segunda

Artículo Disposición final segunda del Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. (codigo) — Disposición final segunda. Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

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Disposición final segunda.

Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Norma publicada: 5 de diciembre de 1998

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final segunda

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final segunda?

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